4 de abril de 2024. Larancuent es invitado a por el Instituto Especializado Superior en Formación Política y del Estado Civil (IESPEC) de la Junta Central Electoral junto a la UNESCO a charla sobre "Aplicaciones de la Inteligencia Artificial en la República Dominicana: Potencialidades y retos posibles en procesos electorales " en el contexto de la serie de Webinarios sobre "Libertad de Expresión y elecciones en contextos electorales".
redes sociales
25 de octubre de 2022. Osvaldo Larancuent, presidente de ISOC.do fue invitado por Meta para taller sobre moderación de contenidos, en el que conocieron las politicas, el equipo que las implementa tanto en Meta como en WhatsApp, demostraciones sobre el metaverso, entre otros elementos.
23 de octubre de 2019. Concluye diplomado en diplomacia Diplomacia Digital, Gobernanza de Internet y Ciberseguridad en el Instituto de Educación Superior Diplomático y Consultar (Inesdyc) del Ministerio de Relaciones Exteriores de la Republica Dominicana, coordinado por Osvaldo Larancuent, quien preside el Capitulo ISOC-DO, y académico. Una breve nota para agradecer al Instituto de Educación Superior Diplomático y Consultar (@inesdyc) de @mirex, por contratar mis servicios para el diseño, docencia y coordinación del diplomado en Diplomacia Digital, Gobernanza de Internet y Ciberseguridad que estaremos desarrollando desde agosto a octubre 2019. #diplomaciadigitalrd #internetgovernance #cybersecurity
El 28 de junio de 2019, la Escuela de Formación Electoral y del Estado Civil (EFEC), órgano de capacitación de la Junta Central Electoral (JCE), convocó a un conversatorio sobre Fake news y otros mecanismos de desinformación. Osvaldo Larancuent, presidente de ISOC-DO, participó en el mismo, y compartimos nota de prensa sobre su participación.
Comunicado del capitulo Internet Society de la Republica Dominicana, rechazando la creación del observatorio de redes sociales de la JCE y las restricciones a la libertad de expresión en la ley 33-18 de partidos políticos.
Comunicado a propósito de la Ley 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos y recurso de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional a lo establecido en el artículo 44 por “representar una seria violación al derecho de libertad de expresión consagrado por el artículo 49 de la Constitución”.